viernes, 10 de abril de 2015

tortura en italia

El Tribunal de Estrasburgo ha condenado a Italia por los hechos de la escuela Díaz, cuando la policía arrasó el lugar en el que se alojaban buena parte de los activistas que acudieron a la contracumbre del G-8. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera que "hubo torturas" en ese asalto, que tuvo lugar entre la noche del 21 y 22 de julio de 2001. La Sala ha declarado por unanimidad que se violó, en el asalto a Díaz, el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre la "prohibición de la tortura y los tratos inhumanos y degradantes". Según la sentencia, la policía italiana llevó a cabo "un castigo, con el fin de producir represalias, querían causar humillación y sufrimiento físico y moral de las víctimas".

El Estado italiano deberá pagar 45.000 euros en concepto de indemnización tras la apelación presentada en la corte por A. Cestaro, un manifestante que tenía entonces 62 años y estaba en la escuela en el momento del asalto de los agentes. Europa desautoriza al Estado italiano, que no encontró reprobables los hechos provocados por la actuación policial y que, en cambio, condenó a manifestantes de la contracumbre por "devastación y saqueo", tipos aplicados a diez personas (de una manifestación que convocó a más de 300.000) y que proceden de la legislación de la Italia fascista de los años 30.

Los agentes responsables de las palizas no pueden ser procesados ​​por el delito de tortura, ya que en Italia hay un "mecanismo jurídico vacío" y "falta de leyes adecuadas". El asalto a la Díaz sólo tuvo para ellos una condena suave por "falsificación del acta de detención". En otras palabras, en Italia el delito de tortura no existe como en el caso del Código Penal. Algo que ha motivado la presentación de una Iniciativa Legislativa Popular para que se introduzca este tipo penal en la legislación italiana.

Dinamo Press, Diagonal · 07/04/15

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